Por: Liz Ávila-R.
Según el ministerio de medio Ambiente, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible (CAR) son entes corporativos de carácter público y de orden regional, encargados por ley de administrar (dentro de su área de jurisdicción) el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por el desarrollo sostenible del país. En el Municipio de Falan, sin embargo, CORTOLIMA brilla por su ausencia. Desde hace 10 años, varias empresas del sectorde exploración y explotación de metales operan en las narices de la corporación sin ningún control.
Miranda Gold, sus hallazgos de oro y plata y el papel de CORTOLIMA
Entre el año 2012 y 2018, Condor Precious Metals S.AS., empresa especializada en prospección y exploración de metales preciosos, realizó trabajos en el Municipio, no está claro bajo que título y no se tiene registro de aviso a la ciudadanía. En 2019, su socio, la empresa Miranda Gold, filial de Outcrop Gold Corp., una multinacional de origen canadiense, hizo su ingreso al territorio con el objetivo de llevar el Proyecto Sana Ana a la fase de explotación. Aunque pueden ser muchos más, los títulos que maneja Miranda Gold en el territorio son el JGF-08181 de 668 hectáreas y el HFL-151 de 2856 hectáreas. Los dos títulos tienen fecha de 2010, por lo que estarían a terminó de vencimiento. Esto confirma que la empresa estuvo en el territorio prácticamente durante 10 años sin tener ningún seguimiento por parte de CORTOLIMA y que tiene un área de exploración de al menos 3538 hectáreas.
Según el Código de Minas, para realizar actividades de exploración, las empresas deben presentar la Guía Minero Ambiental (GMA), una herramienta de consulta y orientación conceptual y metodológica para mejorar la gestión, manejo y desempeño minero-ambiental. Los concesionarios mineros deben adoptar los lineamientos planteados en la GMA los cuales deben estar de acuerdo con las características específicas y condiciones del área solicitada para exploración, a través de un manejo ambiental específico. Después de insistir por 7 meses solicitando la GMA, documento que debería estar disponible al público en general, CORTOLIMA informó que a Julio de 2020, el proyecto de exploración Santa Ana, propiedad de Outcrop Gold Corp., no contaba con expediente activo para evaluación y seguimiento. Esto se debe a que aunque la GMA fue entregada con Radicado No. 1939 de noviembre 20 de 2019, el documento fue devuelto por falta de anexos. Esta comunicación quiere decir que, después de diez años de operaciones prospección y un año de entrada oficial al Municipio, Miranda Gold aún no tenía formalizada la GMA en CORTOLIMA. Sin embargo, la empresa contradice a CORTOLIMA y dice que en Febrero presentó un informe de seguimiento sobre la GMA y que está a punto de enviar el segundo. De aquí en adelante los cambios de versión y la inoperancia de CORTOLIMA quedan en evidencia.
El desplante de CORTOLIMA a la comunidad de Falan
El 25 de agosto de 2020, el Comité Ambiental de Falan, en compañía de expertos y gestores ambientales regionales, logra participar en la sesión del Concejo Municipal donde Miranda Gold se presenta a rendir de cuentas. A esta reunión también fue invitada CORTOLIMA, quien no se presentó a pesar de que le debía explicaciones a la comunidad porque para ese momento ya acumulaba 5 derechos de petición que buscaban información referente a la GMA y el plan único de exploración de la empresa Miranda Gold. Adicionalmente se estaba esperando el informe de una visita de seguimiento realizada al proyecto Santa Ana un par de semanas atrás.
En Julio de 2020, Outcrop Gold Corp., informó a través de su portal web la expansión del Proyecto Santa Ana a 25000 ha, esto cubre el 80% del municipio de Falan y parte de los Municipios de Palocabildo, Líbano, Armero Guayabal, Villahermosa y posiblemente Fresno. Miranda Gold, en actitud tranquilizadora, dice esta área corresponde a solicitudes y no a zonas con titulación activa. Sin embargo, lo que se observa es que el Proyecto Santa Ana en un solo año pasó de la escala local a la regional y que CORTOLIMA no es más que una entidad burocrática que no hace ningún trabajo de vigilancia y control a estos proyectos, a pesar de que es su responsabilidad.
¿Descoordinación institucional o complicidad?
Según un comunicado expedido por un funcionario de la ANM (Agencia Nacional de Minería), a Julio de 2020, el título JGF-08181 se encontraba sin póliza minero ambiental debido a que perdió su vigencia por falta de pago. Por su parte el título HFL-151 se encontraba en mora de más de 30 días en dicha póliza. En este mismo comunicado la ANM informó que en el territorio de Falan se encuentra activos 5 títulos de exploración que no incluyen el título JGF-08181. Sin embargo, al consultar el portal ANNA MINERÍA, se registran 3 solicitudes adicionales de Miranda Gold y 7 títulos activos en el municipio, todos en fase de explotación con fechas de vencimiento entre los años 2037 y 2043. Esto último no está en concordancia con lo señalado por la ANLA (Agencia Nacional de Licencias Ambientales), quien en agosto de 2020 indicó que no hay proyectos con licencia ambiental activa o en trámite para explotación minera en el Municipio de Falan.
Como se dijo antes, los títulos a cargo de Miranda Gold se encuentran activos desde 2010, sin embargo, en 2011 CORTOLIMA publicó la Agenda Ambiental del Municipio de Falan en la que listan todos los títulos presentes a esa fecha y en al que no aparecen los títulos JGF08181 y HFL-151. Adicionalmente, el acta de coordinación y concurrencia que se firma en 2019 para legalizar los títulos mineros del Municipio, desconoce el ordenamiento territorial del municipio y presenta varios errores de trámite. La ordenación minera coordinada por la ANM, CORTOLIMA y la administra municipal atenta contra la estructura ecológica principal del municipio y pone en peligro el la estabilidad geológica y el sistema hídrico regional, ya que afecta zonas con riesgo alto de remoción en masa y las cuencas de los ríos Saldaña y Gualí, los cuales drenan al Río Magdalena (Figura 1).
La disposición minera retratada hasta aquí contradice totalmente el ordenamiento territorial de Municipio de Falan, viola la distribución de competencias y niega participación de ciudadana. Todo lo anterior demuestra que ni la ANM, ni CORTOLIMA, ni las autoridades ambientales del Municipio, ni la Empresa Miranda Gold, están actuando de forma coordinada, competente y transparente, pues se presentan fallas desde el momento mismo de la legalización de los títulos mineros.
Licencias menores: Concesión de aguas y de vertimientos
Actualmente, Miranda Gold dice estar tramitando los permisos de concesión de aguas ante CORTOLIMA e insiste en que no necesitan permiso de vertimientos. En agosto de 2020, seguían insistiendo en que compraban 20 m3 diarios de agua a una empresa de servicios públicos de Mariquita. También sostienen la versión en la que dicen consumir agua a razón de 1 LPS (Litro Por Segundo). Sin embargo, cuando se hace la conversión se encuentra que a esta tasa podrían estar consumiendo 86.4 m3 de agua a diarios, cuatro veces más que lo que reportan comprar. Adicionalmente, no queda claro que hacen con los lodos de profundidad, los cuales oxidan a compuestos tóxicos al entrar en contacto con el aire y se mezclan con la tierra y con el agua contaminándolos con ácidos y metales pesados nocivos para la vida. A la fecha, la empresa tiene 15 plataformas de perforación y es necesario informar que algunos de los puntos exploratorios están en la microcuenca de la Quebrada Morales, la cual hace parte de la cuenca del Rio Sabandija.
La información que entrega CORTOLIMA en septiembre de 2020, no coincide con lo reportado por la empresa en agosto. COROTLIMA alegremente informa que la empresa solo tiene a cargo el título JGF08181 de 668 hectáreas y que recién inició operaciones en diciembre de 2019. Afirman que actualmente Miranda Gold compra el agua a la Empresa se Servicios Públicos Aguas de Falan, no a una empresa en Mariquita como se dijo antes. Además, dicen que la empresa tiene dos tanques de almacenamiento con un capacidad para de 500 litros y que consumen agua a razón de 1.6 a 1.7 LPS, esto es 60 a 70% superior a lo que reportó Miranda Gold en todas las reuniones que sostuvo durante el último año. CORTOLIMA dice que este es el consumo de una sola plataforma y no queda claro cual el consumo total de las 15 plataformas. Si estas entran en operación al mismo tiempo, el consumo de agua podría estar cercano a los 25 LPS, lo que equivale a 2203 m3 al día, es decir el 8.8% del caudal de la Quebrada Morales. Esta cantidad de agua duplicaría la demanda para consumo del agua del municipio que se estima en 12 LPS.
En cuanto a la GMA, CORTOLIMA dice que los Anexos faltantes ya fueron entregados y que en Julio entregaron su primer informe de seguimiento. Esto deja ver la falta de pulcritud y seriedad con la que CORTOLIMA hace seguimiento al proyecto Santa Ana. Los cambios de versión de CORTOLIMA son evidentes, el 6 de agosto de 2020 dijeron que Miranda Gold no tenía expediente de seguimiento ni GMA radicada, y solo un mes después, se contradicen a ellos mismos al informar que la GMA está radicada, que la empresa tiene un expediente de seguimiento y que en Junio de 2020 presento su primer informe. Las fechas no cuadran por ningún lado, Miranda Gold alega que esto es un problema de comunicación entre la oficina de nivel central y la regional de CORTOLIMA. Sea como sea, este tipo de discrepancias, en un proyecto de tal magnitud, deja entre dicho la labor de CORTOLIMA, la máxima autoridad ambiental de la región.
Hasta el momento, ni CORTOLIMA, ni la ANM, ni las autoridades Municipales y mucho menos la empresa Miranda Gold, han validado con los Falanenses la idea de que la minería es un asunto de “interés general” y tampoco hay información que demuestre que es compatible con el EOT vigente y que no se van a ocasionar daños a terceros durante las actividades. CORTOLIMA debe comprometerse con la defensa del patrimonio biocultural y la sostenibilidad de la región y no debe seguir entorpeciendo la participación popular al negarles el acceso a la información a los pobladores del Municipio de Falan.
медицинская справка
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