El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió la Resolución 0803, que establece medidas clave en la transición de Colombia hacia la eliminación de los plásticos de un solo uso, fija las alternativas sostenibles para su reemplazo, la responsabilidad extendida del consumidor, las directrices administrativas para las entidades públicas y el régimen de transición para las bolsas plásticas distribuidas en los cajeros y puntos de pago.
“La resolución incita a los consumidores a cambiar la alternativa del uso. Hay un poder muy importante de los ciudadanos y las ciudadanas de dejar de utilizar estos elementos y empezar a pensar en un reemplazo”, aseguró la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.
Al respecto, la ministra explicó que la reglamentación define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado.
Así mismo, Muhamad destacó que en Colombia hay 375 negocios verdes que están trabajando en el reemplazo de este tipo de materiales plásticos y su incorporación a la economía circular.
“Esperamos que esta transición al modelo de economía circular la podamos visibilizar de forma muy potente en la COP16, porque hace parte de la convención de biodiversidad para abordar la crisis de contaminación de microplásticos y el tratado de plásticos de un solo uso que se está en este momento negociando a nivel mundial para la eliminación de los plásticos que no sean esenciales, por ejemplo, para usos médicos donde no hay hoy un reemplazo.”
El objetivo es que el plástico solamente se reduzca en el tiempo a cadenas donde es irreemplazable, por ejemplo, en el sector salud. Por lo tanto, esperamos en la rueda de negocios sostenibles y de la biodiversidad que tendremos en Cali visibilizar la innovación que ya hay en Colombia y visibilizar las alternativas que ya existen para un cambio de modelo económico que, como vamos a decir todo el tiempo en la COP16, haga paz con la naturaleza.
Esta nueva reglamentación aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas.
Además, la resolución destaca una mayor participación de los recicladores de oficio en el fortalecimiento de la cadena productiva del reciclaje y como actores clave en los procesos de certificación de las cantidades recolectadas.
Dentro de las medidas administrativas, a partir del 7 de julio, las entidades públicas no podrán adquirir plásticos de un solo uso prohibidos, excepto aquellos que cumplan con las alternativas sostenibles. Además, deben establecer estrategias y campañas de reducción.
Los distribuidores de bolsas plásticas deberán presentar informes de avance y cierre sobre el uso racional de bolsas plásticas, detallando cómo serán recicladas las bolsas en inventario.
Las fechas límite para la presentación y actualización del Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques son el 31 de diciembre de 2024. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) será la encargada del seguimiento y control para verificar las alternativas sostenibles con enfoque de economía circular.