A propósito de la contratación por prestación de servicios y los anuncios de la nueva ministra del Trabajo

Por: Hernando Rojas

Sociólogo Universidad del Tolima


Por estos días las declaraciones de la nueva ministra del trabajo la doctora Gloría Inés Ramírez, una curtida militante de la izquierda colombiana y sindicalista de tiempo completo, ha desatado toda una oleada de críticas y polémicas por las decisiones que se vendrían en esta cartera. Y no es para menos, las propuestas que trae la ministra no caen bien a los empresarios y políticos corruptos porque atacan precisamente un gran problema que desde hace siglos se descubrió en la economía marxista: la explotación laboral.

La clase trabajadora, proletaria, asalariada que vende su fuerza de trabajo física e intelectual en la sociedad moderna sigue siendo explotada y ultrajada por la clase propietaria de los medios de producción y las instituciones del Estado, camuflando las condiciones indignas del trabajador/a en contratos flexibles que se pueden ejecutar bajo diferentes modalidades, la más conocida por todos ustedes, es la de prestación de servicios, así que hoy queremos explicar la historia del contrato de prestación por servicios, elementos esenciales, impacto y la experiencia de un trabajador estatal bajo esta modalidad de trabajo.

Contrato de prestación por servicios

En su gran mayoría, el Estado colombiano es quizá la institución que más utiliza esta modalidad de contrato. En la administración pública es usual ver a profesionales con uno o más contratos de este carácter, “Modalidad denominada como no laboral y mediante la cual particulares pueden desempeñar temporalmente funciones públicas. (Constitución, 1991, Art. 123 Inc. 3 y Art. 210 inc. 2)”[1] en ese sentido, bajo el argumento de que “es de carácter excepcional y creado únicamente para cubrir labores o actividades que no puedan ser realizadas por personal de planta o que requieran conocimientos altamente especializados. (Ley 80, 1993, art. 32)”[2]  se contrata de forma ocasional y directa.

Según lo planteado por la abogada Erika Bernal, podemos hacer una línea del tiempo sobre cómo ha evolucionado la legislación colombiana en la modalidad de contratación de prestación de servicios:

  • La Ley 3ª de 1930 que facultó al poder ejecutivo para contratar expertos o consejeros técnicos con la finalidad de tener una mejor organización de algún ramo especial del sector público.
  • Posteriormente vino el Decreto 150 de 1976, en esta norma se habla específicamente de contrato de prestación de servicios y se indicó que era posible su celebración con personas naturales o jurídicas.
  • El Decreto 150 de 1976 es bastante claro en su alcance, ya que distingue cuáles son los servicios específicos que se pueden prestar por contratos de prestación de servicios.
  • Luego de la Ley 150 de 1976 y bajo esa misma línea, aparece el Decreto 222 de 1983 que define el contrato de prestación de servicios en el capítulo 11, artículo 163.
  • Posterior a la Ley 222 de 1983 llega la famosísima Ley 80 de 1993, vigente y aplicable hoy en día, específicamente el artículo 32, numeral 3º define, nuevamente, el contrato de prestación de servicios, pero con dos novedades muy importantes, la primera es: que limita este tipo de contratación solo a las personas naturales, la segunda es: que adicional a la línea que se traía sobre prestaciones sociales, deja expreso que en ningún caso estos contratos generan relación laboral.
  • En concordancia con la mencionada Ley 80, se expide la 1150 de 2007 por medio de la cual se introducen medidas de eficiencia y transparencia en la Ley 80 de 1993 específicamente el artículo 2º numeral 4º, literal h) indica que: los contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión, entre otros, podrán celebrarse por medio de contratación directa (Ley 1150, 2007, art. 2).

Ese último punto quizá en la actualidad es el de mayor importancia, porque es allí donde encontramos que, para adquirir un contrato de prestación de servicios con el Estado no es necesario mirar el perfil académico y profesional del aspirante, ni hacer concurso de méritos ni tener en cuenta su experiencia para el cargo al que se le va a contratar, simplemente, como es contratación directa, pueden elegir a cualquier persona para cualquier cargo arreglando el objeto contractual y las obligaciones para que se ajuste más o menos a su perfil, así lograr poder ubicar a las personas en las diferentes dependencias institucionales para que cumplan unas funciones específicas que no cumplirían los trabajadores de planta y esto permite establecer el vínculo de la política electoral con el sistema laboral como un importante músculo para sus campañas.

Elementos Esenciales del contrato de prestación de servicios

Casi que en todos los contratos de prestación de servicios en el objeto contractual aparecen estas palabras: La prestación de servicios profesionales, de manera libre, independiente, autónoma y sin subordinación alguna. Sin embargo, la pregunta que nos haríamos es ¿realmente esto se cumple?

Para responder a ella hemos entrevistado a un joven profesional contratista, él nos contará brevemente su experiencia y así podremos concluir qué tan cierto es esa autonomía sin subordinación alguna.

La voz de la experiencia

Carlos* es un joven de 30 años que lleva más de 5 años prestando sus servicios profesionales a diferentes instituciones públicas y privadas en el departamento del Tolima, él nos narrará su experiencia de cómo ha obtenido dichos contratos, qué le ha tocado hacer para seguir con ellos y su inconformidad sobre esta situación.

“Desde que me gradué de la Universidad siempre ha sido difícil conseguir trabajo en una de las ciudades con más desempleo, sin embargo, gracias a un par de amistades que se mueven en la política pude acceder a diferentes cargos en las instituciones del Estado.

Un primer contrato fue por 4 meses, allá me decían que tenía el chance de que se renovara y continuara trabajando con ellos, sin embargo, eso nunca ocurrió, el contrato finalizó y nunca más

*El nombre fue cambiado por seguridad del entrevistado

me volvieron a contratar porque no tenía la “palanca” política, así que no tuve la oportunidad de seguir laborando en ese proyecto para el cual fui contratado.

Luego de ese contrato, un amigo de la política me “ayudó” y me consiguió un contrato en otra institución del Estado, allí inicialmente fueron 6 meses y me dijeron que si cumplía con las tres R (Referencia, Rendimiento y Recomendación) podría continuar trabajando, de lo contrario no podría seguir así tenga un buen desempeño profesional. Pues bien, logré tener las 3 R y me renovaron el contrato, gracias a que se hizo un buen trabajo y a la voluntad del director del entonces, se hizo por 10 meses, meses que se convirtieron en una momentánea tranquilidad. En ese lugar tuve 3 contratos y el cambio de administración me complicado el bailado. Entra una nueva directriz de que ningún contratista que no sea referenciado por un “padrino político” que haya apoyado la campaña, no podrá continuar. Pues bien, yo caí en esa colada de contratistas que no éramos aliados ni ayudamos a hacer política, de hecho, nunca he estado en esos círculos hasta que las condiciones nos obligan a más de uno.

Llegó la pandemia y con ella el desempleo, duré mucho tiempo sin trabajar, así que uno de contratista lo que hace usualmente es tratar de ahorrar para cuando se le termine el contrato tenga con que comer, vestir y pagar los gastos de la vida cotidiana, fue así como se me fueron todos los ahorros y por medio de una ONG me “recompensaron” años de voluntariado con un contrato de 2 meses sin renovación y por un sueldo del mínimo.

Luego volví a caer desempleado hasta que una empresa privada abre convocatoria pública para contratar profesionales para un proyecto en el cual nos tocaba irnos a vivir al lugar del trabajo y el sueldo realmente no recompensaba en lo absoluto todo lo que teníamos que hacer, realmente como decimos muchos “trabajar para trabajar y no trabajar para vivir”.

Finalmente me cansé y me fui, luego encontré otro empleo de prestación por servicios gracias a un amigo de la política y pude acceder de nuevo al sector público, allí en época electoral es un completo caos, cada dependencia tiene el apoyo de un “padrino” político y así mismo se reparten los contratos y se deciden en una oficina de la cuales todos saben que allí donde dan las ordenes de quienes se quedan y quienes se van porque apoyaron o no la campaña política.

Carlos nos finaliza diciendo que es lamentable, indigno, deplorable, inhumano el trato que le dan a los trabajadores con títulos profesionales, los horarios sobre pasan las 8 horas porque tenemos que viajar, la preparación de las metodologías, guías entre otros apoyos pedagógicos también requieren tiempo, no tenemos apoyo en viáticos porque según ellos los sueldos que ganamos logran cubrir todas las necesidades para cumplir con el objeto contractual, pero, para nadie es un secreto que vivimos en departamento con accesos difíciles que no permiten hacer el trabajo en poco tiempo y que muchas veces debemos pernoctar y pagar alimentación, así que todo lo que ganamos se invierte en el trabajo y no en nuestra calidad de vida.

literalmente nos dice Carlos que tiene que rogar por algo que debería ser un derecho, pero, sobre todo, que todo esto esté al servicio de las maquinarias políticas de la región y que nadie pueda tener control sobre esto, él menciona que la modalidad de contratación de prestación de servicios es una bendición para los políticos porque es allí en donde pueden construir su estructura política y conseguir los votos suficientes para sus curules y cargos de alcaldía y gobernación, así que él considera que si desaparecen esos contratos, como lo dice la ministra, es posible que la clientela y la corrupción empiecen a disminuir y así poder tener una relación laboral real, estable y decente para planificar la vida y no andar en la angustia y la incertidumbre de cada 4 meses buscando al político o en las convocatorias de empresas privadas, que también se entra por amiguismo en muchas ocasiones”.

En conclusión, la propuesta de la nueva ministra sobre este tipo de contratación tiene a más de un político y empresario preocupado porque entre más derechos tengan los trabajadores, mejores condiciones de vida pueden tener y eso no gusta mucho de quienes ostentan el poder y recordemos, que, como nos enseñaron en sociología, toda relación de poder es una relación de dominación.

Para finalizar, podemos decir que, Además, esta decisión de desaparecer los contratos de prestación de servicio, se convierte en una medida de anticorrupción que, por el contrario, fomenta de nuevo el concurso por mérito propio.

[1] Berna, E. (2021). El abuso del contrato de prestación de servicios en Colombia como una forma de huir del derecho del trabajo (tesis de maestría). Universidad Nacional de Colombia.

[2] Berna, E. (2021). El abuso del contrato de prestación de servicios en Colombia como una forma de huir del derecho del trabajo (tesis de maestría). Universidad Nacional de Colombia.

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