El pasado 16 de abril, la Corporación Podion interpuso ante Cortolima, una solicitud de revocatoria directa de la licencia ambiental otorgada al proyecto minero Apone mediante Resolución 4416 de 2019. Esto, ante las anomalías y falencias en la elaboración y evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que soportó su autorización.
El principal argumento de la revocatoria es que Cortolima violó el principio de legalidad al otorgar la licencia desconociendo los términos de referencia que esta misma entidad publicó para la elaboración de estudios ambientales en proyectos mineros, herramienta que permite anticipar posibles afectaciones y atenderlas de manera adecuada.
“Desconocieron aspectos tan fundamentales como la caracterización de vida de los elementos de la naturaleza que serán impactados, como el aire, el suelo, el río Saldaña, la quebrada Apone y las aguas subterráneas, así como la ausencia de medidas de manejo para prevenir, compensar y mitigar estos impactos”, explicó David Uribe, abogado del Programa Socioambiental de la Corporación Podion.
También, argumentan, se violó el principio democrático y de participación ambiental al no garantizar ningún ejercicio de participación efectiva de las comunidades y autoridades del área de influencia del proyecto minero en la construcción del EIA.
Además, aseguran que se desconoció el derecho fundamental a la consulta previa, al no establecer con la debida diligencia la posible afectación a las comunidades indígenas presentes en la zona. Esto, agravado por el hecho de que la definición del área de influencia del proyecto no se determinó en función de los posibles impactos sino de acuerdo al polígono de explotación, lo que impide saber si las comunidades indígenas se verán afectadas o no.
Es importante destacar que, la licencia ambiental fue autorizada a pesar de que el Plan de Manejo Ambiental (PMA) presentado por la empresa fue evaluado por Cortolima con la pobre calificación del 52% del cumplimiento. “Esta calificación, por sí sola, ameritaba negar la licencia como quiera que el PMA representa los compromisos de la empresa y permite que esta asuma los impactos ambientales que pueda generar”, argumentan.
La licencia autoriza la explotación de oro en 53 hectáreas. Sin embargo, la intención de la empresa es ir explorando y explotando otras dos zonas hasta alcanzar 347 hectáreas.
Es importante mencionar que, Ingecol ya empezó las excavaciones para alcanzar profundidades de hasta 25 metros.
¿Por qué Cortolima no debió otorgar esta licencia?
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) es el instrumento básico para la toma de decisiones sobre los proyectos, obras o actividades que pueden generar un impacto sobre la naturaleza.
El análisis técnico realizado por la Corporación Podion del EIA del proyecto minero Apone evidenció múltiples anomalías e irregularidades, entre las que resaltan:
- Se otorgó un permiso de concesión de aguas subterráneas con un caudal de 8,5 litros por segundo sin cumplir con los requisitos mínimos legales como el inventario de pozos y aljibes cercanos y la formulación de un Plan de Ahorro y Uso Eficiente del Agua.
- No generaron medidas de manejo frente a impactos sobre el agua, la compensación del suelo, el control de la erosión, la fauna acuática del río Saldaña y las emisiones atmosféricas.
- El área hasta donde llegan los impactos ambientales se limita al polígono minero, desconociendo posibles afectaciones al aire y al agua que pueden sobrepasar esos límites.
- No caracterizó adecuadamente el suelo, el aire, el río Saldaña, las aguas subterráneas y otros elementos que pueden resultar afectados o contaminados por la minería a cielo abierto.
- No especifica qué profesionales lo desarrollaron ni su idoneidad para elaborar el estudio.
Según la Corporación Podion, ante estas inconsistencias en el EIA, Cortolima no debió autorizar la licencia ambiental para el proyecto de oro Apone en el municipio de Ataco.
Es importante resaltar que, el pasado 26 de febrero la Procuraduría Agraria y Ambiental del Tolima interpuso un recurso de reposición en contra de esta licencia ambiental, en el que también llama la atención sobre el riesgo que representa el proyecto minero para el río Saldaña y el ecosistema bosque seco tropical y alerta la contradicción entre esta decisión.
Es importante recordar que, adicionalmente existe un pronunciamiento previo de Cortolima que derivó en la negación de la licencia ambiental para otro proyecto minero en la zona (Expediente 14713), por lo tanto, se espera que Cortolima rectifique su postura y tome las medidas necesarias para salvaguardar el ambiente y los derechos de las comunidades.
Datos generales sobre el proyecto minero:
- La mina Apone explotará oro a cielo abierto durante 30 años en la vereda del municipio de Ataco (Tolima), sobre la ronda hídrica del río Saldaña.
- La mina proyecta la explotación de 360 mil gramos de oro al año y extraerá casi 3 millones de toneladas de arena y grava. 570 árboles y 60 guaduas serán talados.
- Agregados Ingecol y Construcciones S.A.S (AIYC), titular de la mina, obtendrá ganancias por la venta de oro de hasta por $76 mil millones al año, de los cuales sólo destinará 24 millones a la gestión ambiental.
Es hora de no cederles ni un milímetro a las multinacionales depredadoras y reclamar con ahínco al Estado y autoridades ambientales el derecho a la consulta prebia, el derecho al agua, a la vida, a la salud y a disfrutar de un ambiente sano, como lo pregona y reglamenta la Constitución Política de Colombia. Además a hacer vigente el principio de Precaución que se constituye en el eje tranversal de una política ambiental sana que defienda los intereses de las comunidades y del pueblo colombiano. No mas impunidad. Señores contraloría, procuraduría y fiscalía, a hacer cumplir la Ley.